El Supremo tumba el toque de queda de las 20 horas
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha acordado en deliberación este martes suspender el citado adelanto del toque de queda decretado por Castilla y León.
Los servicios jurídicos del Gobierno defendieron que el Ejecutivo de Pedro Sánchez determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23.00 y las 6.00 horas, «posibilitando tan solo que las autoridades competentes delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial ‘que la hora de comienzo de la limitación prevista [….] sea entre las 22.00 y las 00.00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5.00 y las 7.00 horas».
La Sala no se ha pronunciado sobre el fondo del asunto ya que solo ha acordado estimar la medida cautelar promovida por el Ministerio de Sanidad.