LA PROVINCIA DEL BIERZO: ANTECEDENTES HISTÓRICOS.
“Desde antiguo esta zona se ha individualizado por sus caracteres propios y ha de tener siempre una consideración señorial y administrativa basada en su delimitación geográfica y su importancia estratégica como lugar de paso”. (Tomás Mañanes)
La frase, plasmada y acuñada por el prestigioso estudioso y catedrático de arqueología, epigrafía y numismática, expresa con esta acertada apreciación la impresión inicial que cualquier observador imparcial tiene al llegar a este territorio peninsular. No cabe ni tan siquiera realizar un examen exhaustivo, pues las condiciones geográficas y geológicas (cubeta tectónica confinada físicamente y a la vez encrucijada de caminos e itinerarios, “a modo de anfiteatro rodeado por crestas significativas de sistemas montañosos”), sus peculiaridades culturales, idiosincráticas y hasta lingüísticas, su orografía e hidrografía (país de ríos abundosos del contorno, que vierten en el seno de la cuenca del río Sil), sus elementos tradicionales y consuetudinarios, sus condiciones de enclave especial y otros varios aspectos tópicos y ancestrales constituyen un hecho diferencial infrecuente en el conjunto hispánico.
Por otra parte, el Bierzo representa un ejemplo único en la configuración y organización autonómica, puesto que en el original Estatuto de Autonomía (art. 46.3) de Castilla y León –sometido a ratificación legal democrática, aunque no plebiscitaria– ya fue nombrado explícitamente debido a “sus singularidades y trayectoria institucional” propia.
Ciertamente, en el sentido de aclarar este aserto se dirigirá este primer texto relativo al surgimiento indiciario de una conciencia colectiva de los grupos naturales instalados desde antaño en la región (que prosigue actualmente con un relativo vigor). Comenzaremos, en consecuencia, refiriéndonos a los distintos pobladores remotos autóctonos.
DE LA DENOMINACIÓN LOCAL:
La mayoría de expertos señalan que, al contrario de lo que aventuraban otras convicciones pretéritas, nuestro espacio estuvo poblado desde antiguo. En este ámbito –a partir de inscripciones epigráficas aisladas– se ha confirmado que los precedentes apuntan hacia una ocupación palpable y/o pronta expansión de los astures por el área berciano-valdeorresa, como primigenios datos constatables. Serían pertenecientes a tribus gigurras (y, en menor proporción, a clanes susarros), destacadamente y entre otras gens asociadas o concurrentes. Incluso otros autores se manifiestan también a través de un apunte accesorio y hablan de “gens bergidense”, aunque sin demasiados argumentos explícitos.
Habrá que llegar a la Alta Edad Media, al objeto colacionar preceptivamente la invasión de los germanos (básicamente suevos y vándalos asdingos, estos últimos sobre todo en un período de principio). Su propósito se sustanciaba primordialmente en lograr la conquista y dominio prolongado del noroeste español, a fin de patentizar luego su presencia activa en lo que ‒en el caso que nos atañe– había constituido en la etapa previa parte de la provincia romana de Gallaecia (en el seno del Convento Asturicense). Esta circunscripción albergaba en su interior a lo que se conoce actualmente como región berciana. Y aquí, en esta época arcaica, se hallan las evidencias primarias, gráficas y documentales del empleo del vocablo en cuestión (en sus formulaciones o acepciones más clásicas). La biografía de la vida de San Fructuoso, probablemente transcrita por su discípulo, amanuense y sabio seguidor San Valerio, es relevante en este apartado. Además, de las obras conservadas de tan eminente eremita recién aludido se deduce que la recurrencia a la composición de términos “Bergio Pius” era usual en los claustros de los monasterios entonces creados. Anécdotas o vestigios plenamente verificadores se han encontrado, asimismo, en esta tesitura (correlato de un período de raigambre monacal), vgr.: el anverso de una moneda o pieza ratifica palmariamente la expresión reseñada (acuñada durante el reinado de Sisebuto), en cuanto a la toponimia local de este intervalo cronológico. Justamente en estos tiempos, este era el jefe máximo (caudillo visigodo “ilustrado”) del área en que se insertaba Gallaecia (y progenitor del renombrado y malogrado Recadero II) y el mismo que nos legó una identificación esencial: una proporción destacada de sus propiedades se ubicaba en “Bergidensis territorio”.
Tras la expulsión musulmana, protagonizada por el monarca asturiano Ramiro I (842-850), nuestro enclave comienza a estar bajo el dominio y potestad de diversos condes (entre los que resaltó el famoso repoblador y conquistador allende el Manzanal y resto de sierras circundantes, el recordado bajo el apelativo o apodo de “el Conde Gatón”). En esta dinámica hay que mencionar inexcusablemente, al objeto de contextualizar este devenir secuencial, que entonces ‒en el reinado de Alfonso III y merced al refuerzo ostensible de su Corte en Asturias ‒ se asentó palpablemente su hegemonía en un amplio espectro circundante.
Después de esta fase, en el año 910 se consuma una mudanza considerable: la supremacía o integración de la zona cristiana en el Reino de León. Esta singladura se acopla por los investigadores más conspicuos y prestigiados a la subsistencia organizativa propia del régimen feudal. Este decurso o lapso temporal en nuestro ámbito, comprendido entre el Alto Medievo y el Bajo Medievo, se caracteriza por una nota definitoria inseparable e indisociable: la riqueza (constituida por los bienes raíces) se encontraba en manos de determinados estratos sociales privilegiados, pues los predios y la concesión de foros pertenecían a la clase eclesiástica y clerical, de realengo y/o nobiliaria, amén de que parcialmente de aquella que se residenciaba particularmente en poder de las Órdenes militares de Santiago, el Hospital y del Temple.
El periplo bajo la égida leonesa fue de una permanencia intensiva, de una consistencia interna en aumento y, por ende, dilatado en duración (910-1130). Y en esta labor uniformizadora, por tanto, su repercusión fue evidente, imprimiendo una huella o marchamo indeleble (a pesar de que no resultaría irreversiblemente estigmatizante). Pero esta ostensible impregnación se iría paulatinamente limando y matizándose, a renglón seguido, al integrarse nuestros predios en la Corona de Castilla.
A continuación, en el año 1187 el Bierzo se transformó en señorío y en los albores del siglo XIII (y posteriormente) fue dirigido por gobernadores. Sin solución de continuidad, en el año1243 se erige e impone a modo de mandatario –a título de “regente real” de nuestra zona– el relevante merino del reino García Carnota. Este modo de gobernanza se articuló en torno a tenencias (de diferente tipo, tamaño, volumen ‒en relación a su economía y nivel de recursos– y extracción social) y, surgiendo a mediados del siglo XIII, en merindades mayores y luego en adelantamientos. La mencionada centuria se asoció y vinculó pues, por su forma de relación social, al denominado “Bierzo feudal”.
Entrando en la Baja Edad Media se produce progresivamente una crisis en el marco de la concepción y pujanza de los señoríos eclesiásticos pretéritos y a costa de su debilidad, aprovechando tal coyuntura los potentados laicos. Estos acumulan en este tránsito innumerables explotaciones rústicas. Los dos más grandes “terratenientes” del momento eran el señor de Bembibre (datado el comienzo o fundación de su nobiliaria casa en el 1304), cuyo exponente o cabeza originaria fue Alfonso de la Cerda (en calidad de nieto de Alfonso X); y el ostentador del de Villafranca del Bierzo, que se adjudicó a la familia de los Osorio, incluido después en el amplio espectro del Condado de Lemos y finalmente convertido en marquesado.
CAMINO DE SU TERRITORIALIZACIÓN “INDEPENDIENTE”:
A) EN EL ANTIGUO RÉGIMEN:
La consideración de nuestra comarca, en cuanto a su adscripción castellana, se realizó con el conocido “Repartimiento de 1591”: comprendía una de sus 40 provincias. Su permanente y contrastable existencia en esta época le comportó su reconocimiento oficial con el nombre de Partido de Ponferrada o, también más esporádicamente, Provincia del Bierzo.
A través del extenso trayecto (s. XVI‒principios del s. XIX) por el que discurrió esta singladura el término “Bierzo” fue calando en el vulgo y remató mediante su empleo con un uso cuasi administrativo generalizado.
En el siglo XVI se desarrolló la llamada “guerra de las comunidades”, que apenas tuvo incidencia en nuestros pagos (debido a que el corregimiento de Ponferrada se decantó nítidamente a favor de los vencedores: los Reyes Católicos). La villa había sido ocupada por orden de dichos monarcas en 1486, funcionando desde esa fecha a guisa de posesión cuyo cargo de desempeño y de buen orden delegado correspondía a un corregidor. Estos regidores cumplieron idéntica misión funcionarial a lo largo de casi tres centurias, hasta el año 1780. Esta fue la peculiaridad dominante en los siglos modernos en nuestros lares hasta que se desencadenaron las reformas, propias del siglo XIX (permaneciendo en dependencia directa de la Intendencia de León). El Bierzo, a grandes trazos lo que se entiende hoy como tal, se insertaba en el Partido de Ponferrada (acogiendo en su concepción a otras demarcaciones limítrofes).
La fuerte y radical identidad del Bierzo se puede deducir en este período de apuntes varios, esencialmente de uno contenido en una carta, remitida al ayuntamiento de la ciudad de León. En esta misiva del 1567, a manera de muestra ejemplificativa, se solicitaba que la provincia del Bierzo se separase del Adelantamiento de León argumentando “la lejanía geográfica”. A mayores, se demanda y recaba para el corregidor de la villa ponferradina que “la audiencia de los negocios sea atendida personalmente por el mismo”. Por otro lado, gracias a un intercambio epistolar privado y dentro otra parcela –la literaria o difusora (en 1735 y en la portada del manuscrito “Príncipe de la historia del célebre santuario de Nuestra Sra. de las Hermitas”)–, se cita al cura-párroco de Santalla (en la “provincia del Bierzo”). En esta contingencia de reiteración en la fijación exhaustiva del vocablo Bierzo, en 1786 D. Tomás Gómez elaboró a la sazón un mapa con el ya correlato corriente o etiqueta de “Provincia del Vierzo”.
Hubo que aguardar a que se efectuara la división territorial de Floridablanca, en 1789, a los efectos de que se vislumbrara y consolidara una perspectiva de evolución patente. Mientras tanto, el área berciana se ligaba o vinculaba a sus homónimas de León y Asturias habitualmente y se la calificaba de “Partido de Ponferrada”, “Partido del Vierzo” o “Provincia del Bierzo”.
Desde esta precisa transformación empezó a cambiar el ambiente respecto a la distribución territorial y se implementó la “nueva planta” diseñada por Floridablanca, en 1789. En ella se dividió la provincia leonesa en tres distritos: León, Astorga y Ponferrada.
Y despuntando el siglo XIX la Península Ibérica padeció la invasión de las tropas francesas de José Bonaparte, episodio en el que el Bierzo se rebeló y efectuó una tarea de resistencia y contención, lo que le adjudicó un papel axial más allá de nuestra circunscripción. Sin que la gran oposición y rechazo al usurpador en el Bierzo Central se revelara como una causa indispensable que impulsara su relegación (antes a contrario, en el plano militar), lo cierto es que la prefectura de Astorga dirigió nuestros destinos, a la espera de otras opciones futuras.
Con la derrota del ejército napoleónico, se restablecería el régimen absolutista en la persona del rey “aclamado”, retornado e indolente: Fernando VII. Este es el que abroga palmariamente, ipso facto, la Constitución liberal y progresista, emanada de las Cortes de Cádiz.
No obstante, algo más tarde, se logró una inversión del sistema político con el triunfo revolucionario de 1820. Se obligó al “tan deseado”, exiliado y después repudiado soberano (“El Rey Felón”), a jurar la Constitución de 1812 y así se instauraría el célebre y anhelado, para nuestros propósitos, Trienio Liberal (1820-1823).
Este hecho sería imprescindible a la hora de pergeñar la contemporánea provincia de Villafranca (o del Vierzo). Se aprobó provisionalmente a lo largo de la implementación y transcurso de las sesiones extraordinarias parlamentarias de septiembre de 1821 (el 15 de octubre, exactamente) y su entrada en vigor aconteció según el Decreto de las Cortes de 27 de enero de 1822. Esta novedosa provincia comprendía los Partidos Judiciales de Villafranca, Ponferrada, Toreno y El Barco de Valdeorras, conforme a una división jurisdiccional lógica y subordinada a los designios políticos de su Diputación provincial. Mas esta y otras diversas incidencias, pormenores y avatares, a partir de esta mudanza de cariz modernizador y adaptativo o en su consideración de evento sustancial, deben quedar en este punto aparcados y sujetos a constituirse en el eje primordial de la siguiente entrega.
(Continuará)
Marcelino B. Taboada