Ponferrada da un paso decisivo para la aprobación de un Plan contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses
La Comisión Informativa y de Seguimiento de Personal, Seguridad Ciudadana, Transporte y Movilidad dictaminó favorablemente el Plan Municipal contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses del Ayuntamiento de Ponferrada.
Este Plan atiende a un cumplimiento más eficaz del artículo 103 de la Constitucion Española, que dispone que las Administraciones Públicas, sirven con objetividad a los “intereses generales” y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimientos plena a la Ley y al derecho mediante el desempeño de las tareas velando por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico y actuando con arreglo a los principios de objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al S.P., transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental y respeto a la igualdad entre hombres y mujeres.
La Orden HFP/1030/2021 de 29 de septiembre obliga a todas las entidades del Sector Público y a cualquier otro agente externo implicado en la ejecución de las PRTR, a incorporar en su ámbito interno de organización medidas específicas de control adicionales, para prevenir-detectar, corregir y sancionar cualquier acción u omisión susceptible de producir o que produzca una conducta fraudulenta o corrupta.
Por otro lado, el Ayuntamiento de Ponferrada, mediante acuerdo plenario de fecha 22 de febrero de 2021, se adhirió al código del buen gobierno local de la Federación Española de Municipios y Provincias Considerando que el Ayuntamiento de Ponferrada, y se ha acogido como entidad ejecutora a los mecanismos de recuperación-transformación y resiliencia, regulado por el reglamento de la (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo a 12 de febrero de 2021, que erige al control del fraude, de la corrupción y del conflicto de intereses, como requisito esencial para el desembolso de la contribución financiera de la Unión Europea, previniendo cualquier riesgo en la gestión de unos recursos muy importantes que deben gastarse en corto plazo.
Por tales motivos, el Ayuntamiento de Ponferrada ha elaborado el Plan Municipal contra el fraude, la corrupción y el conflicto de intereses, que se enmarca también en las directrices generales fijadas por el Misterio de Transporte – Movilidad y agenda urbana, en la resolución provisional hecha pública en el BOE nº 46 de 23 de febrero de 2022.
Así, pues, una vez obtenido el informe favorable de la Comisión, el Pleno del próximo viernes 25 de marzo debatirá para su ulterior aprobación el siguiente acuerdo:
1- Aprobar el plan municipal contra el fraude – la corrupción y los conflictos de intereses, como documento dinámico, que establece medidas de prevención, detección, control y sanciones de aquellas conductas que son o puedan codificarse de fraude – corrupción o conflicto de intereses.
2- Como documento dinámico, su implementación, puede dar lugar a modificaciones que se someterán en su tramitación al mismo procedimiento seguido para su aprobación.
3- Dar traslado del documento a todos los empleados que conforman las estructuras organizativas del Ayuntamiento de Ponferrada, en especial, a aquellos que tienen una relación directa/indirecta con la gestión de fondos provenientes del mecanismo de recuperación, resiliencia y transformación. Todos los empleados públicos estarán obligados a colaborar en la ejecución de las medidas de prevención, control y seguimiento contenido en el mismo.
4- Crear el Comité Antifraude del Ayuntamiento de Ponferrada con los titulares de los puestos y las funciones que se recogen en el apartado 5.1.5. del Plan Municipal contra el fraude, la corrupción y el conflicto de intereses.
5- Habilitar un canal interno y externo para la formalización de comunicaciones o denuncias de hechos, acciones u omisiones que son o puedan ser una situación de riesgo de fraude, corrupción o conflictos de intereses.
6- Publicar el plan de medidas antifraude, corrupción y conflicto de intereses en el Portal de Transparencia, Portal Web, Información Pública, para el general conocimiento de todas las ciudadanas y ciudadanos.